Este 16 de abril el ejecutivo declaró por 20 días calendario, el estado de emergencia en nuestro departamento de Arequipa, según Decreto Supremo n.° 043-2024-PCM, ante el incremento de crímenes y la inseguridad ciudadana que se viene viviendo durante los últimos meses.
Por lo que es importante que tomes en cuenta el control interno que tomará la PNP con el apoyo de las Fuerzas Armadas en base a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 137 de la Constitución Política, el cual indica que se restringe o se suspende el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Carta Magna.
También debes saber que no hay toque de queda ni se impone ninguna restricción específica sobre los movimientos de las personas durante ciertas horas del días o de la noche.